La declaración de la Renta a través de la TDT – Televisión Digital Terrestre interactiva

* Televisión Española, Telecinco, laSexta y Cuatro lo incorporan en sus canales
* Desde hoy se puede solicitar el borrador de Renta o los datos fiscales
* En abril se podrá confirmar el borrador del IRPF si resulta a devolver o pedir cita previa

La principal novedad de la Campaña de Renta de este año es la apertura de un nuevo canal para ofrecer a los contribuyentes algunos de los servicios que presta la Agencia Tributaria para facilitar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se trata de la Televisión Digital Terrestre interactiva y, para ello, la Agencia Tributaria cuenta con la colaboración de Televisión Española, Telecinco, laSexta y Cuatro.

Se trata de una experiencia pionera, puesto que nunca hasta ahora se había utilizado la Televisión Digital Terrestre para ofrecer servicios tributarios a los ciudadanos. Este año se inicia con cuatro servicios concretos:

* Petición del borrador de Renta o los datos fiscales (desde hoy 1 de marzo y hasta el 25 de junio). Si el contribuyente no reúne los requisitos para recibir el borrador, la Agencia Tributaria le enviará los datos fiscales. Confirmación del borrador de Renta sólo en los casos en que salga a devolver o importe cero (a partir del 2 de abril). Confirmando el borrador de Renta queda presentada la declaración del IRPF.
* Petición y consulta de cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para modificar el borrador de la declaración de Renta (a partir del 2 de abril) o para la confección personalizada de la declaración de Renta (a partir del 19 de abril se puede solicitar la cita y la prestación de ese servicio se realizará a partir del 2 de mayo).
* Búsqueda de la referencia catastral de un inmueble. La Dirección General del Catastro permite buscar la referencia catastral de la vivienda o inmueble, un dato que hay que incluir en la declaración del IRPF.

Se puede acceder a estos servicios a través de la Televisión Digital Terrestre (TDT) mediante un descodificador de TDT que permita la interactividad (capacidad de ejecutar aplicaciones MHP –Multimedia Home Platform-) y con conexión telefónica, puesto que será necesario que el contribuyente envíe a la Agencia Tributaria determinados datos a través del mando de la TDT. Así, por ejemplo, para solicitar el borrador deberá marcar en el mando de la TDT su DNI y la casilla 681 de su última declaración de la Renta –igual que se hace en Internet-. El envío de los datos se realiza mediante lenguaje cifrado y directamente entre el contribuyente y la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria siempre ha impulsado la utilización de las nuevas tecnologías en su relación con los ciudadanos: fue de las primeras administraciones tributarias en utilizar Internet y en incorporar los mensajes SMS como otra vía de comunicación. Ahora también está a la cabeza al incorporar la TDT.

Se abre el plazo para solicitar el borrador de Renta o los datos fiscales

Hoy, 1 de marzo, se abre el plazo de solicitud del borrador de IRPF y/o los datos fiscales para aquellos contribuyentes que no lo pidieron marcando la casilla correspondiente en la declaración de la Renta presentada el año pasado o que no confirmaron el borrador de Renta. En ambos casos (a través de la casilla de petición en la declaración del IRPF o confirmando el borrador), la solicitud queda registrada y se les enviará a su domicilio fiscal sin necesidad de que repitan la petición.

Ya se han presentado 11.382.000 solicitudes de borrador y/o datos fiscales a través de la declaración del IRPF presentada en 2006 (ejercicio fiscal 2005) o mediante la confirmación del borrador del IRPF 2005.

El plazo de solicitud del borrador del IRPF o de los datos fiscales –servicios que ofrece la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a todos los contribuyentes para facilitarles la declaración de la Renta- acaba el 25 de junio.

Los contribuyentes deben revisar el borrador y pueden modificarlo o completarlo si quieren. Una vez hecho esto podrán confirmarlo a partir del 2 de abril y hasta el 2 de julio (hasta el 25 de junio si domicilia el pago).

¿Quiénes pueden solicitar el borrador?

Pueden solicitar el borrador del IRPF todos los contribuyentes que reúnan las condiciones fijadas por la ley para recibirlo. También es el medio para pedir los datos fiscales. Si reúne las condiciones para recibir el borrador, la Agencia Tributaria le enviará el borrador de declaración y los datos fiscales con los que se ha calculado; si no se le puede enviar el borrador, siempre recibirá los datos fiscales.

Recibirán el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual. La deducción por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por donativos no impiden recibir el borrador.

¿Cómo se pide el borrador del IRPF?

Hay que facilitar el NIF y la casilla 681 (cuota íntegra, parte estatal) de la declaración de Renta 2005 (declaración presentada el año pasado). Desde el 1 de marzo hasta el 25 de junio.

* Por internet (www.agenciatributaria.es)
* Por teléfono, en el 901 12 12 24 (es un teléfono de servicio automático que funciona las 24 horas del día) o en el 901 200 345 (de lunes a viernes, de 9 a 21 horas)
* A través del modelo 104 (del 1 de marzo al 2 de abril).
* Por primera vez, este año a través de la Televisión Digital Terrestre (en los canales de TVE, Telecinco, laSexta y Cuatro) quienes posean un descodificador que permita la interactividad.

¿Cómo se obtiene?

* Por correo en el domicilio del contribuyente. Los contribuyentes que hayan cambiado de domicilio deben comunicarlo a la Agencia Tributaria por Internet, por teléfono (901 200 345), en las oficinas de la Agencia Tributaria, o por correo con el modelo 036 (si es empresario o profesional) o con el modelo 030 –que puede obtener en www.agenciatributaria.es o en las oficinas de la Agencia Tributaria-.
* El borrador podrá consultarse en www.agenciatributaria.es con certificado de firma electrónica. y con el número de referencia del borrador. Es posible suscribirse al servicio de alertas para que la Agencia Tributaria le envíe por SMS el número de referencia del borrador y lo vea por Internet.

Servicios de asistencia e información

* Internet. www.agenciatributaria.es. Ofrece información y gestiones sin horarios.
* Renta Asistencia 901 200 345. Para atender cualquier gestión de solicitud del borrador de declaración y datos fiscales (declarantes). De 9 a 21 horas, de lunes a viernes. También para cambio de domicilio fiscal.
* Renta Información 901 33 55 33. Para resolver cualquier duda. De 9 a 19 horas, de lunes a viernes. (de 9 a 21 horas desde el 16 de abril al 2 de julio)
* TDT (a través de TVE, Tele 5, La Sexta y Cuatro). Información general. Solicitud y confirmación del borrador, solicitud y consulta de cita previa. Búsqueda de referencia catastral.

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