Megáfonos en la Feria de Malaga 2007

EL AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA INFORMA:
Con relación a la prohibición del uso de megáfonos y la denuncia que la empresa MGI distribuidora de alguno de estos aparatos anuncia interponer contra el Ayuntamiento, la Policía Local informa:
1.- El Ayuntamiento de Málaga en virtud de las atribuciones que por Ley tiene conferidas está facultado para prohibir el uso de los megáfonos en la vía pública y concretamente en las ferias y festejos de la ciudad.
2.- La Empresa que se siente perjudicada parece olvidar que el uso de los aparatos en cuestión constituye un foco de contaminación acústica y que en consecuencia el Consistorio ha de velar por proteger contra este tipo de contaminación, frente al derecho al uso lúdico de los megáfonos se encuentra el derecho de los ciudadanos a descanso y este se ve perturbado y ello afecta a la pacífica convivencia de todos. Se ha hecho una comprobación y medición con el sonómetro y el resultado ha sido de 122Db superando por tanto los decibelios permitidos.
3.- Igualmente se ha de tomar en consideración que los megáfonos reproducen el sonido de las sirenas de los vehículos de emergencia y que el uso indiscriminado de este sonido además de provocar alarma merma, la eficacia de los servicios de emergencias. Se han recibido quejas de los ciudadanos que cuando circulaban han escuchado el sonido y respetando las normas ha dejado paso libre al que consideraban un vehículo de emergencias, para comprobar posteriormente que tan solo se trataba de personas que haciendo uso de los megáfonos pretendían circular sin respetar las normas.
4.- El hecho de que se haya convertido a estos megáfonos en el producto estrella y por consiguiente los comerciantes decidiesen negociar con él, no es motivo suficiente para que se deba perturbar al ciudadano, contaminar o mermar la seguridad y eficacia de los servicios de emergencia. No se trata de conculcar el derecho al libre comercio se trata de proteger los más elementales derechos de los ciudadanos.
5.- De otra parte señalar que El Ayuntamiento tiene la potestad de regular la venta y comercio ambulante y en consecuencia actuar en los casos de venta ambulante ilegal, muchos de los productos decomisados eran fruto de una venta ejercida sin autorización municipal.
6.- Por último, hay que señalar que los megáfonos decomisados no presentan ni en su envase, ni en el manual de instrucciones, ni en el propio aparato distintivo alguno de homologación. Comparados estos megáfonos con otros homologados, se observa que carecen de la marca de contraste CE y del número de serie preceptiva. Así mismo la empresa MGI manifiesta que se trata de juguetes y a tenor de lo dispuesto en el RD 880/1990 que desarrolla la Directiva 88/378 de la CEE (LCEur 1988/871) en su anexo II artículo 2b) señala que los juguetes deben especificar la edad mínima de los usuarios; algo que no sucede en este caso.
Por todo cuanto antecede, se concluye que el Ayuntamiento de Málaga actúa conforme a derecho cuando prohíbe el uso de estos megáfonos y de igual forma lo hace cuando los interviene.
(fuente Ayto de Malaga)

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